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DERECHO CIVIL PERUANO ACTUALIZADO
Para repensar el proceso,revisemos los principios.

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28 de Noviembre, 2010 · ADAGIOS JURIDICOS

Adagios Latinos


Obligatio es juris vínculum, quo necesítate adstríngimur alicuius rei solvendae secundum jura nostre civitatis (Instituta)Obligación es un vínculo jurídico por el cual estamos constreñidos al cumplimiento de una prestación según las leyes de nuestra ciudad.

«Aes alienum» est quod áliis debemus; «aes suum» est qyod álii nobis debent(Ulpiano)Deuda es la que debemos a otros; crédito lo que los otros nos deben.

«Debitor» intellégitur is, a quo invito éxigi pecunia potest (Modestino)Por deudor se entiende aquel a quien se puede exigir el dinero contra su voluntad.

Nuda ratio non facit álquem debitorem (Pomponio)La mera anotación no convierte a nadie en deudor.

 «Cédere diem» signifíficat incípere deberi pecuniam (Ulpiano.Vencerse el plazo significa que el dinero empieza a deberse.

In maleficios voluntas spectatur, non éxitos (Rescripto de Adriano).En los delitos se considera la intención y no el resultado.

Delicia parerntum liberi non nocent. (Codex)Los delitos de los padres no perjudican a los hijos.

 Delictum non imputador, ubi dolo non est.Cuando no hay dolo no se imputa el delito.

Iniuria est omne quod non jure (Ulpiano).Injuria es todo lo que se hace sin derecho.

Furtum est contrectatio rei fraudulosa lucri faciendi gratia, vel ipsíus rei etiam usus possessionisve. (Paulo).El hurto es la apropiación fraudulenta de una cosa con intención de obtener un provecho,ya de la cosa misma, ya de su uso o posesión.

Metus (est) instantes vel futuri perículum causa mentis trepidatio (Ulpiano).Temor es el azoramiento de la inteligencia causado por un peligro inminente o futuro.

Metus est non vaní hóminis, sed quí mérito et ib hómine constantíssimo cedit. (Gayo).Temor no es el del hombre apocado, sino el que se da con razón aún en el hombre más sereno.

Dolus est consilium aterí nocendi (Ulpiano)Dolo es el designio de perjudicar a otro.

Dolos non praesúmitir. (Ulpiano)El dolo no se presume.

Dolos omnímodo puniatur. (Neracio)El dolo debe castigarse en toda forma.

Culpa est quod, cum a diligente providere patuit non est provisum. (Paulo)Constituye culpa el no haberse previsto, cuando pudo ser previsto por una persona diligente.

Magna negligentia cul est; magna culpa dolos est. (Paulo)La negligencia magna es culpa; la culpa grande es dolo.

Fortúitus casus est, qui nullo humano consilio praevidere potest. (Gayo)Caso fortuito es el que no puede preverse por ninguna prudencia humana.

Mayor casus est, cui humana infirmitas resístere non potest. (Gayo)Es fuerza mayor aquella que la debilidad humana no puede enfrentar.

Conditio eficaz est, quae in constituenda obligatione inséritur, non quae post perfectam eam pónitur (Paulo)Condición eficaz es la que se incluye al constituirse la obligación, no lo que se establece una vez perfeccionada aquella.

 «Condicionales creditores» dicuntur et hi quibus nondum cómpetit actio, estautem competitura : vel qui spem habent, ut cómpetat. (Ulpiano).Se llaman acreedores condicionales aquellos a quienes todavía no les compete una acción, pero les ha de competer o tienen la esperanza que les ha de competer.

Mora fieri videtur cum postulante non datur. (Paulo)Se entiende que se produce la mora cuando no se paga al que reclama el pago.

Casus fortuitus a mora excusat.El caso fortuito justifica la mora.

Semper moram fur fácere videtur (Ulpiano)Se estima que el ladrón siempre está en mora.

Usurae vicem frutuum óbtinent et mérito non debent a frúctibus separari(Ulpiano).Los intereses hacen las veces de los frutos y con esta razón no deben separarse de éstos.

Usurae non natura pérvenit, sed iurre perccípitur. (Papiniano).El interés no proviene de la naturaleza, sino que se percibe por el derecho.

Novatio est priori débiti in aliam obligationem vel civilem vel naturalem transfusio atque translatio. (Ulpiano)Novación es una transfusión y conversión de una deuda anterior en otra obligación, civil o natural.

Confusio est, cum, débitor et créditor una persona fit. (Modestino)Hay confusión cuando deudor y acreedor se vuelven una misma persona.

Compensatio est débiti et crédit inter se contributio. (Modestino)Compensación es el balance de una deuda y un crédito.

Transactio nullo duto vel retento seu promisso mínime procedit. (Codex)De ninguna manera se verifica la transacción, sino se da, retiene o promete algo.

Confirmativo nihil dat novi.La confirmación no será nada nuevo.

Prescriptio témporis iuri público non debet obsisitere. (Codex)La usucapión no debe oponerse al derecho público.

Locatioet conductio próxima est emptioni et venditioni iisdemque juris régulis cónstitit. (Gayo)La locación – conducción es semejante a la compraventa y está basada en las mismas reglas de derecho.

Mandatum nisi gratúitum nullum est. (Paulo).Es nulo el mandato si no es gratuito.

Iniquíssimum genus societatis est, ex qua quis damnum, nom etiam lucrum espectec. (Ulpiano).Es muy injusto género de sociedad, aquella por la cual alguien espera la pérdida, pero no el provecho.

Societatem, uno pecuniam conferente alio operam, posse cóntrahí, magis obtinuit. (Codex)Es opinión muy sostenida la de que se puede formar sociedad aportando uno el capital y otro el trabajo.

Societates cotrahentur sive universorum bonorum, sive negotiationis alicuius,sirve vectigalis, sive etiam rei uníus. (Ulpiano)Se contraen sociedades o de todos los bienes, o de alguna ngociación, o de perecepción de la renta pública o aún de un solo bien.

Aestimatioperículum facit eius, qui suscepit. Aut ígitur ipsam rem debebit incorruptam réddere, aut aestinationem de qua convenit. (Ulpiano)La estimación del valor comporta el riesgo de quien recibe. Por consiguiente, o deberá devolver la misma cosa sin deterioro o pagar el valor calculado que se convino.

Aliud dando u talio reddatur, obligari jure gentium possumus. (Marciano)Podemos obligarnos por derecho común, dando una cosa para que se nos dé otra en cambio.

Precarium est, quod, précibus petenti utendem concéditur, tamdiu, quamdiu is qui concessit pátitur. (Ulpiano) Precario es lo que se concede a quien lo pide con ruegos, para ser usado durante el tiempo que le plazca al que lo ha concedido.

Heréditas non heredis personam, sed defuncti sústinet.(Ulpiano).La herencia no representa la persona del heredero, sino la del difunto.

In o qui eius témporis quod testamento facit, intégritas mentis, non córporis sánitas exigenda est. (Labeón).Se ha de exigir en el testador, al tiempo que hace el testamento, la integridad de su juicio, no la salud física.

Ambulatoria est voluntas defuncti usque ad vital suprumum éxitum. (Ulpiano)La voluntad del moribundo es variable hasta el postrer instante de vida.

Quae in testamento ita sun scripta ut int´llegi non possint, perinde sunt, ac si scripta non essent. (Quinto Mucio Scevola)Las disposiciones que en el testamento están de tal modo escritas que no se pueden entender, son como si no se hubiesen escrito.

Testamentum est voluntatis nostrae iusta sentencia de eo, quod quis postmortem suma fieri vult. (Modestino)Testamento es la declaración legal de nuestra voluntad acerca de lo que uno quiere se haga después de su muerte.

Uni duo pro sólido heres esse non possunt. (Paulo)Dos no pueden heredar a uno solo por el total.

Inútile est testamenttum, in quo nemo heres institúitur. (Instituta).Es nulo el testamento en que nadie es instituído heredero.

Quae ab initio inútiles fuit institutio ex postfacto convaleceré non potest. (Licinio Rufino).La institución (de heredero) que no era válida en un comienzo no puede convalidarse por un hecho posterior.

Qui testamente heres institúitur, in eadem testamento testis esse non potest.(Ulpiano)Quien por testamento es instituído heredero, no puede ser testigo en dicho testamento.

Sine heredes institutione, nihil in testamento scriptum vale. (Modestino)Sin la institución de heredero, nada de lo escrito en el testamento es válido.

 «Intestatus» es non tantum qui testamentum non fecit, sed etiam cuius ex testamento heréditas ádita non est (Paulo).Intestado, es no solo quien no hizo testamento, sino también aquel por cuyo testamentono fue aceptada la herencia.

Si nemo subiit hereditatem, ovnis vis tsetament sólvitur. (Paulo)Si nadie aceptó la herencia se pierde toda fuerza del testamento.

Hériditas iacens sústinet personam defuncti.La herencia yacente representa la personalidad del difunto.

Quamdiu heréditas iacet, possessio nullíus est.Mientras la herencia está yacente, la posesión no es nadie.

Legatum est quod legis modo, id es imperative, testamento relinquitur (Ulpiano).Legado es lo que se deja en los testamentos en manera de ley esto es,imperativamente.

Legata non debentur, nisi, reducto áere alieno, áliquid supersit. (Paulo)No se deben los legados sino cuando, deducidas las deudas, sobra algo.

Etiam quae futura sunt, legari possunt. (Mediano)Pueden legarse aún las cosas futuras.

Bonis judex varie ex personis causisque consistuet. (Celso).El buen juez sentenciará diversamente según las personas y las circunstancias.

Extra territorium ius disentí impune non paretur. (Paulo)Al que sentencia fuera de su jurisdicción se le desobedece impunemente.

Nemo, qui condemare potest, absólvere non potest. (Ulpiano).Nadie que puede condenar, está impedido de absolver.

Qui non apellat, aprobare videtu sententiam.Se estima que aprueba la sentencia quien no apela.

Qui próvocet nondum damnatus videtur.Quien apelare aún no está condenado.

Satius est impinutum relinqui fácilnus nocentis quam innocetum damnari.(Ulpiano).Mas vale dejar sin castigo la acción de un culpable que el que un inocente sea condenado.

Advocatus non acusat. (Ulpiano)El abogado no acusa.

Advocatorum error litigatóribus non nocet. (Codex)El error de los Abogados no perjudica a los litigantes.

Arbiter est qui inter partesiúdicis asumit officium, non qui amicabiliter componit.Arbitro es el que asume la función del juez entre las partes, no quuien las pone de acuerdo amistosamente.

Actio nihil aliud est quan ius persequendi in indicio quod sibi debetur. (Instituta).Acción no es sino el derecho de reclamar en juicio lo que a uno le es debido.

Actio útiles est, quae ex mentis legis ob aequitatem ad alios casus exténditur.Acción útil es la que, según el espíritu de la ley, se extiende a otros casos por razón de equidad.

Acciones directae sunt, quae nascuntur ex ipsis legum verbis.Las acciones directas son las que surgen de las palabras misma de las leyes.

El incumbit, qui dicit, non qui negat. (Paulo)La prueba incumbe a quien afirma, no a quien niega.

Qui prior est témpore, potior est iure.Quien precede en el tiempo, es preferible en derecho.

Qui tacet non últique fatetur; sed tamen verum est eum non negare. (Paulo)Quien calla no siempre confiesa, pero, con todo, es cierto que no niega.

Confessio est regina probatiionem.La confesión es reina de las pruebas.

Confessus pro judicato habetur, quui quodámmodo sua sentencia damntur.(Paulo)El confeso se reputa juzgador; el en cierto modo se condena por propia sentencia.

Contra scriptum testimonium, nom scriuptum non fertur. (Codex)Contra un testimonio escrito no se presenta un testimonio no escrito.

publicado por fabygova a las 15:08 · 1 Comentario  ·  Recomendar
Comentarios (1) ·  Enviar comentario
Agradecere incluir definicion de feminicidio de acuerdo al codigo penal de peru
publicado por Jorge, el 25.03.2012 23:29
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ROCIO FABIOLA GOMEZ VALDIZAN

Abogada especialista en Derecho Civil y Procesal Civil .Arbitro de Derecho por la Asociación Peruana de Ciencias Jurídicas y Conciliación – APECC.
Conciliadora Extrajudicial por la Asociación Peruana de Ciencias Jurídicas y Conciliación – APECC.
Profesora ad honoren del Instituto Amauta.Miembro Titular de la Comisión de Investigación de la Dirección de Ética Profesional del Colegio de Abogados d

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